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"Salsa Rosa" deberá pagar 50 mil euros a Juan Ramón Lucas

miércoles 22 de octubre de 2014, 11:13h
La Audiencia Provincial de Madrid consideró que el reportaje emitido en el programa "Salsa Rosa", el 21 de mayo de 2005, constituye una intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad personal y familiar de Juan Ramón Lucas Fernández
De esta forma, ha condenando a la productora del programa, Boomerang TV, a la directora, Sandra Fernández Hernández, a la entidad que obtuvo las imágenes, Aprok Imagen y a la periodista Ángela María Portero a resarcir económicamente al periodista por los daños y perjuicios causados en la cantidad de 50.000 euros, así como a dar publicidad del fallo de la sentencia en el mismo espacio televisivo u otro con relevancia semejante y en mismo día y franja horaria.

El reportaje trataba sobre las supuestas relaciones afectivas de Lucas con Sandra Ibarra, modelo y presentadora. Difundió imágenes de ambos paseando por la calle y dentro de un vehículo abrazándose, además de imágenes del presentador cuando iba a recoger al colegio a su hija menor.

Considera la Audiencia que el reportaje emitido por Telecinco afecta de forma indudable a la vida personal del demandante, en concreto a la esfera afectiva, la más íntima de todas, careciendo la información difundida del más mínimo interés público e informativo.

Asimismo entiende que pese a la profesión de periodista de Lucas, con apariciones en televisión y radio, no se justifica que, en contra de su voluntad, se convierta en noticiable respecto a cuestiones relativas a su relaciones personales y familiares, no pudiéndose difundir estas cuestiones por razones de oportunidad e interés meramente publicitario-comercial.
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