8530 | 3ama3 - 25/03/2008 @ 11:22:47 (GMT+1)
RESPUESTA DEL CONSISTORIO:
Estimado vecino: En contestación al mensaje remitido por usted a esta Agencia, de fecha 17 de febrero de 2008, comentarle en primer lugar que con fecha 5 de octubrede 2006, se publico la Ordenanza reguladora de la tasa por expedición de documentos a la que podrá acceder, de forma más facil desde la página web municipal, en la sección de ordenanzas y normativas. En esta Ordenanza, viene regulado que el certificado de empadronamiento tiene un coste de 1 euro y la recaudación obtenida por este concepto, se destina al presupuesto de ingresos, concretamente a la partida 31000. Los sábados, solo se ofrece el servicio de registro e información en la Casa Consistorial, por lo tanto la expedición de certificados no es posible al no encontrarse la Secretaria Muncipal que es la encargada de certificar su empadronamiento, por ello, siempre que no se encuentre la Secretaria o la Sr. Alcaldesa, que tiene encomendado dar el visto bueno ala certificación, se les solicitará que vengan a recoger el certificado enotro momento/día. Por otra parte, desconocemos si el documento expedido la semana anterior, tal y como nos comenta, es un certificado de empadronamiento o un volante de empadronamiento, ya que este último no tiene coste alguno, en cualquier caso, si el documento expedido no fué un volante, la funcionaria que le atendió, olvidó recordarle la obligación de abonar un euro por dicho certificado. Esperando esta información resulte lo más aclaratoria posible,
reciba un cordial saludo.
COMENTARIO
No sé qué diferencia hay entre volante y certificado, pero está claro que de ahora en adelante, habrá que pedir un volante de empadronamiento.