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Guadarrama modificación en la normativa

El Ayuntamiento establece en 7,3 metros la altura máxima de los edificios

miércoles 22 de octubre de 2014, 11:13h
El Ayuntamiento de Guadarrama ha aprobado una norma interpretativa de las ordenanzas urbanísticas con el objetivo de concretar las condiciones que habrán de regir la rasante de los edificios y su altura teniendo en cuenta el desnivel del terreno. La modificación establece que se deberá respetar la cota de la rasante natural de las parcelas en todos los linderos.
La reforma admite el desmonte o relleno de tierras con una diferencia máxima de un metro respecto a la rasante actual, siempre que no sobresalga de la línea formada por un ángulo de 30 grados desde el lindero de la parcela. Una obligación que evitará que se aprecien grandes diferencias de rasante entre terrenos contiguos y que protegerá a los propietarios de las mismas de la alteración de las vistas naturales de sus propiedades. Con esta modificación, la altura máxima permitida de la edificación, situada en 7,3 metros, así como la de la planta baja respecto del terreno, se comprobará tanto de la rasante natural como desde la modificada.
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