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Boadilla ofrece ayudas para la adaptación de viviendas de usuarios de centros de día
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Boadilla ofrece ayudas para la adaptación de viviendas de usuarios de centros de día

Por Pedro M. Gómez
lunes 31 de julio de 2023, 17:37h
El Ayuntamiento de Boadilla del Monte ha convocado las ayudas para la adaptación de viviendas de vecinos que sean usuarios de los centros de día, con el fin de facilitar en lo posible las condiciones de accesibilidad y seguridad que les permitan mantenerse en sus domicilios, con el apoyo de los centros de día.

Las viviendas objeto de las actuaciones deben estar ubicadas en Boadilla del Monte y ser la residencia habitual y permanente del beneficiario.

Podrán subvencionarse actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2023 hasta el 15 de septiembre de 2023, fecha límite de presentación de la solicitud de la subvención, por un importe máximo por beneficiario de 9.000 euros. No serán subvencionables las actuaciones que se ejecuten en zonas comunes de los inmuebles.

Los requisitos que deben cumplir las personas beneficiarias son los siguientes:

  • Ser persona física.
  • Ser usuario de un centro de día.
  • Residir de manera habitual y permanente en la vivienda ubicada en el municipio de Boadilla del Monte que vaya a ser objeto de adaptación mediante la ayuda solicitada, debiendo estar empadronado en la misma, desde fecha igual o superior a un año continuado e inmediatamente anterior a la fecha de finalización del plazo de solicitud de estas ayudas.
  • Gozar de plena disponibilidad de la vivienda objeto de la actuación subvencionable, con capacidad para realización de las pertinentes actuaciones.
  • Cumplir con los requisitos para obtener la condición de beneficiario, contemplados en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, entre otros, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
  • En aquellos casos en los que hubiera más de una persona usuaria de centro de día residiendo en la vivienda objeto de la subvención, se podrá presentar una única solicitud por cada una de las viviendas, debiendo identificar a los perceptores finales de los fondos cuando no sea el beneficiario.
  • Justificar documentalmente la asistencia a un centro de día de la red pública, concertada o privada, que cuente con la acreditación administrativa correspondiente en la fecha de la solicitud o estar pendiente de asignación o incorporación a plaza de centro de día, si la misma se produce dentro del plazo de solicitudes indicado en las bases.
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