OPINIÓN
Los acuerdos plenarios no son ‘brindis al sol’
JJ. Piensos
lunes 06 de febrero de 2017, 21:18h
No le va a resultar nada fácil al gobierno del PP de Collado Villalba hacer comprender a sus representados, que los 25 concejales que integran el seno corporativo del Ayuntamiento (en esta ocasión solo estaban presentes 24) se pasen horas y horas hablando en las sesiones plenarias y discutiendo mociones, para que, aunque estas se aprueben, esto no sirva para nada, convirtiendo así al Salón de Plenos en un escenario de la ‘teatralización’ de la política con efectos muy dañinos para nuestra democracia.
Nos estamos refiriendo al acuerdo tomado por los grupos de la oposición (mayoría absoluta), en el pleno celebrado el pasado 26 de enero en este consistorio, que estaba relacionado con la municipalización de los servicios funerarios, hasta ahora en manos de una empresa privada que aplicaba tarifas desorbitadas, con la complacencia del gobierno popular presidido por Mariola Vargas. Pues bien, al final ni el debate, ni la posterior votación con el ‘sí’ mayoritario de los grupos municipales a la reprivatización de los servicios funerarios ha servido para nada, porque el Ejecutivo ya había recurrido al ‘ordeno y mando’, enviando al BOCAM la convocatoria de un nuevo concurso para seguir privatización los servicios funerarios en los dos cementerios del municipio.
Aunque no debiera falta hacerlo, conviene recordar que los acuerdos plenarios en general y las mociones aprobadas, en particular, son mandatos de obligado cumplimiento para todos los grupos políticos, sean de izquierdas, de derechas o ‘mediopensionistas’. Y de forma especial, para los integrantes del Equipo de Gobierno, por ser ellos quienes ostentan el poder ejecutivo. Y el cumplimiento de los acuerdos plenarios es un acto de coherencia política, responsabilidad y respeto hacia la ciudadanía. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos supone, también, una oportunidad para mejorar la calidad de la democracia y la eficiencia en la gestión pública con el consiguiente beneficio para el interés general.
El Pleno es el máximo órgano municipal de representación de la ciudadanía y si se pone en duda “su funcionamiento”, se pone en duda también la participación de la sociedad a través de sus respectivos representantes como garantiza la legislación vigente.
Algunos especialistas en Derecho Administrativo han explicado que la intención de algunos alcaldes de restarle eficacia a las mociones plenarias, intentando equipararlas a simples ‘ruegos’, no tiene validez jurídica alguna, pues con ello lo único que se pretende es “blindar el hecho de que el Equipo de Gobierno o el Alcaldes, sean los únicos que puedan presentar acuerdos resolutivos para impedir que los concejales de la oposición puedan hacerlo.
La obligación de los regidores, en este caso regidora, es cumplir con urgencia y en el menor tiempo posible los acuerdos tomados en los plenos y en los términos que señala la ley. Lo contrario conllevaría una flagrante falta de diligencia, porque dichos acuerdos se quedarían en un simple ‘brindis al sol’ y en una estafa política hacia sus representados.