El alcalde defiende la legalidad de la nueva jornada laboral de los trabajadores municipales
miércoles 22 de octubre de 2014, 11:13h
El Ayuntamiento de Galapagar ha estrenado este martes su nuevo horario, abriendo las puertas por la tarde para mejorar la atención al público. Concretamente, serán todos los martes y jueves de 16.00 a 18.00 horas cuando los vecinos podrán aprovechar para realizar las gestiones que durante la mañana les impide hacer su propia jornada laboral. Así, ya sea pedir un certificado de empadronamiento, registrar un escrito, consultar el estado de una factura o pagar un tributo municipal, todo ello será posible en las dependencias del Centro Cívico, indican fuentes municipales.
Además, otros departamentos como Servicios Sociales también amplian su horario de apertura a tres tardes en semana para mejorar la atenciónque actualmente se presta. Igual ocurre con el servicio de Atención al Ciudadano, que a partir de ahora se amplía todos los sábados de 9.00 a 12.00 horas.
Se trata, indican desde el Ejecutivo, de una consecuencia directa de la aplicación del Real Decreto Ley 20/2011 de 30 de diciembre aprobado por Mariano Rajoy por el que se establece que la jornada ordinaria de trabajo de todos los empleados públicos tendrá un promedio semanal no inferior a las 37 horas y media, equivalente a un total de 1.647 horas anuales.
A la hora de evaluar la legalidad o no de esta medida, puesta en tela de juicio por los sindicatos con representación en el Ayuntamiento, el alcalde de Galapagar, Daniel Pérez (PP), afirma que la medida “es tan legal como la adoptada por Esperanza Aguirre en la Comunidad de Madrid”. “Basta remitirse a la reciente noticia de que el Tribunal Superior de Justicia ha desestimado el recurso interpuesto por los sindicatos contra la instrucción del Gobierno regional para el cumplimiento de la jornada de 37,5 horas semanales por parte del personal laboral de la Comunidad de Madrid”, manifestó el regidor, recordando además que en el propio dictamen del TSJM se puntualiza que “cada Administración debe poder configurar su propia política de personal, sin merma de los necesarios elementos de cohesión y de los instrumentos de coordinación consiguiente”. A estos argumentos, añaden desde el Ejecutivo, se suma el artículo 94 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de la Bases de Régimen Local, por la que se establece que la jornada laboral de los funcionarios de la Administración municipal será, en cómputo anual, la misma que se fije para los funcionarios del Estado.
Diálogo individualizado
Por otra parte, el Equipo de Gobierno señala que se ha llevado a cabo “un diálogo individualizado con los trabajadores municipales para establecer el horario laboral más acorde a su situación personal y familiar”. Además se establece un sistema rotativo de sábados y una bolsa de horas para jornadas extraordinarias como espectáculos y eventos en caso de la Concejalía de Cultura, ferias o clubes del libro para el personal de la biblioteca o distintos campeonatos para los técnicos del polideportivo.