La Comunidad de Madrid ha lanzado un programa de ayudas para fomentar el empleo autónomo, dirigido a trabajadores desempleados que se den de alta como autónomos. Estas subvenciones cubren gastos iniciales necesarios para la puesta en marcha de actividades empresariales, incluyendo honorarios notariales, registros de patentes, tasas administrativas y alquileres. La ayuda puede alcanzar hasta el 80% de los gastos justificados, con un mínimo de 800 euros.
La Comunidad de Madrid ha dado un paso significativo en el apoyo a los emprendedores al publicar un nuevo Acuerdo que establece las normas reguladoras y el procedimiento para la concesión directa de ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia. Este programa, que fue lanzado inicialmente en 2014 y reformado en 2016, busca fomentar el empleo autónomo en la región.
El objetivo principal de estas ayudas es proporcionar subvenciones a personas desempleadas que estén registradas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid. Para beneficiarse, los solicitantes deben darse de alta como trabajadores autónomos o por cuenta propia en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y realizar gastos necesarios para iniciar su actividad empresarial.
Entre los gastos subvencionables se encuentran los costos iniciales relacionados con la puesta en marcha del negocio. Algunos ejemplos incluyen:
El importe final que se podrá recibir será del 80% de los gastos justificados, con un mínimo establecido en 800€. Es importante destacar que el gasto realizado debe ser, al menos, 1000€, pudiendo alcanzar hasta 2.580€, dependiendo del caso específico.
Descripción | Cifra |
---|---|
Porcentaje de gastos justificados cubiertos por la ayuda | 80% |
Monto mínimo de ayuda | 800€ |
Monto mínimo de gasto requerido para solicitar ayuda | 1000€ |
Monto máximo de ayuda | 2.580€ |
El objetivo de las ayudas es fomentar el empleo autónomo en la Comunidad de Madrid mediante la concesión de subvenciones a personas desempleadas que se den de alta como trabajadores autónomos y realicen gastos necesarios para iniciar su actividad empresarial.
Pueden beneficiarse aquellas personas físicas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid que se den de alta como trabajadores autónomos o por cuenta propia en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
Son subvencionables los costes iniciales para la puesta en marcha de la actividad empresarial, incluyendo honorarios notariales, gastos de gestoría, registro de patentes, tasas necesarias, alquiler del local, y otros gastos relacionados con el inicio del negocio.
El importe final de la ayuda será del 80% de los gastos justificados, con un mínimo de 800€ (el gasto realizado deberá ser al menos 1000€) y podría llegar hasta los 2.580€, dependiendo del caso.
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