El Real Decreto 637/2021 establece la obligación de registrar las subexplotaciones avícolas de autoconsumo en el Registro General de Explotaciones Ganaderas. Este registro es necesario para los titulares que crían aves para su propio consumo. La comunicación se puede realizar a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid o de forma presencial en el Ayuntamiento de Cercedilla con un formulario específico. Además, se recuerda la importancia de notificar cualquier aumento anormal en la mortalidad de las aves para prevenir enfermedades. Para más información, visita el enlace del Ayuntamiento de Cercedilla.
El Real Decreto 637/2021, promulgado el 27 de julio, establece las directrices fundamentales para la gestión de las granjas avícolas en España. En su artículo 16, se estipula que los titulares de subexplotaciones avícolas destinadas al autoconsumo deben llevar a cabo una comunicación previa para ser incluidos en el Registro General de Explotaciones Ganaderas.
Este requisito afecta a aquellos que mantienen explotaciones avícolas para consumo personal, es decir, quienes crían aves sin fines comerciales. La normativa exige que estos propietarios realicen el registro correspondiente.
La comunicación puede efectuarse mediante dos métodos distintos:
En primer lugar, se puede realizar a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid. Alternativamente, los interesados pueden presentar un formulario físico denominado «Anexo II – Declaración de datos de Subexplotación – Modelo L Avícola Autoconsumo» en el Registro del Ayuntamiento de Cercedilla. Este formulario debe incluir información sobre el número y la especie de aves que componen la subexplotación. El anexo está disponible para descarga haciendo clic aquí.
Aparte del registro obligatorio, es crucial que los titulares informen con prontitud sobre cualquier aumento inusual en la mortalidad de sus aves o en aves silvestres. Esta medida es esencial para prevenir y controlar posibles brotes de enfermedades.
Esta información se difunde con el propósito de mantener informados a todos los vecinos y vecinas de Cercedilla sobre las normativas vigentes.
Los titulares de explotaciones avícolas de autoconsumo, es decir, aquellos que crían aves para su propio consumo sin actividad comercial, están obligados a realizar este trámite.
La comunicación puede hacerse de dos formas: a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid o de manera presencial presentando el impreso correspondiente en el Registro del Ayuntamiento de Cercedilla.
Es fundamental que los titulares notifiquen sin demora cualquier aumento anormal de la mortalidad en sus aves de corral o en aves silvestres para garantizar la prevención y el control de posibles enfermedades.