Sociedad

Abren solicitudes para bono de alquiler joven en Madrid

Redacción | Jueves 06 de febrero de 2025

Abierto el plazo para solicitar el bono de ayudas al alquiler joven en la Comunidad de Madrid. Esta ayuda, destinada a personas menores de 35 años, ofrece 250 euros mensuales durante dos años para quienes alquilen un piso o habitación. Se concederá por orden de inscripción hasta agotar los fondos disponibles, que ascienden a 31,8 millones de euros. Los solicitantes deben cumplir ciertos requisitos, como tener un contrato de arrendamiento y no ser propietarios de vivienda en España.



La Comunidad de Madrid ha abierto el plazo para solicitar el bono de alquiler joven, dirigido a jóvenes menores de 35 años. Esta iniciativa ofrece una ayuda mensual de 250 euros durante un periodo de dos años a aquellos que alquilen un piso o una habitación.

Las ayudas se otorgarán a los solicitantes que cumplan con los requisitos establecidos, siguiendo el orden de inscripción y hasta agotar los fondos disponibles, que ascienden a 31,8 millones de euros.

Requisitos para acceder al bono

Para poder beneficiarse de esta ayuda, los solicitantes deben cumplir con una serie de condiciones:

  • Ser personas físicas mayores de edad y menores de 35 años en el momento de la solicitud.
  • Tener nacionalidad española o residencia legal en España.
  • Ser titulares de un contrato de arrendamiento conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), o estar en disposición de firmarlo.
  • Asegurarse que la vivienda arrendada sea la residencia habitual y permanente.
  • Tener ingresos anuales iguales o inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 1.800 euros. En caso de alquiler por habitación, solo se considerarán las rentas del arrendatario.
  • No ser propietario o usufructuario de una vivienda en España, ni tener parentesco en primer o segundo grado con el arrendador.
  • No ser socio o partícipe del arrendador.
  • El alquiler debe ser igual o inferior a 600 euros mensuales, o hasta 900 euros en ciertos municipios específicos como Alcalá de Henares, Alcorcón y Getafe, entre otros.

Documentación necesaria

Los interesados deberán presentar varios documentos al realizar la solicitud. Entre ellos se encuentran:

  • El contrato de alquiler correspondiente.
  • Un certificado de empadronamiento que incluya a todos los convivientes y la fecha en que el arrendatario se dio de alta en la vivienda alquilada.
  • Copia del permiso de residencia para extranjeros no comunitarios, si corresponde.

Toda la información adicional sobre este proceso está disponible en este enlace: Aquí.

Con esta medida, la Comunidad busca apoyar a los jóvenes en su acceso a la vivienda, facilitando así su independencia económica y social. La recomendación es realizar la solicitud por vía telemática para agilizar el proceso.

La noticia en cifras

Descripción Cifra
Ayuda mensual 250 euros
Duración de la ayuda 2 años
Fondos disponibles 31,8 millones de euros
Renta anual máxima para solicitar ayuda 1.800 euros
Renta máxima del alquiler (vivienda) 600 euros mensuales

Preguntas sobre la noticia

¿Cuál es el monto de la ayuda del bono de alquiler joven?

La ayuda es de 250 euros mensuales durante dos años para personas que alquilen un piso o una habitación.

¿Quiénes pueden solicitar el bono de alquiler joven?

Pueden solicitarlo personas físicas mayores de edad y hasta 35 años, que posean nacionalidad española o residencia legal en España, y que sean titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la ayuda?

Los solicitantes deben cumplir varios requisitos, como no ser propietarios de una vivienda en España, tener ingresos anuales iguales o inferiores a 1.800 euros, y que la renta del alquiler sea igual o inferior a 600 euros mensuales (o hasta 900 euros en ciertos municipios).

¿Cómo se realiza la solicitud?

Se recomienda hacer la solicitud de forma telemática a través del sitio web correspondiente.

¿Qué documentación se necesita para realizar la solicitud?

Es necesario presentar el contrato de alquiler, un certificado de empadronamiento y, si se es extranjero no comunitario, una copia del permiso de residencia.

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