El 24 de diciembre se abre el plazo para subsanar solicitudes erróneas o incompletas de las becas para escolarización y conciliación familiar, que estará disponible hasta el 9 de enero. Los interesados deben presentar alegaciones y la documentación necesaria en el Registro del Ayuntamiento o de forma telemática. Es fundamental revisar las bases de la convocatoria y asegurarse de aportar toda la documentación requerida, ya que la falta de información puede llevar a la denegación de la solicitud.
Desde el 24 de diciembre hasta el 9 de enero, los solicitantes de las becas para escolarización y conciliación familiar tendrán la oportunidad de corregir errores en sus solicitudes. Este proceso incluye la presentación de alegaciones y documentación necesaria para subsanar cualquier defecto en las solicitudes que hayan sido consideradas incompletas o defectuosas.
El Ayuntamiento ha hecho público un listado que detalla las solicitudes afectadas y los aspectos que requieren corrección. Para llevar a cabo este trámite, los interesados deberán presentar un escrito junto con la documentación requerida, ya sea de forma presencial en el Registro del Ayuntamiento o a través de medios telemáticos mediante una instancia general.
En la instancia presentada, se debe especificar en el apartado SOLICITA: "revisión expte: AYUDAS A LA ESCOLARIZACION Y CONCILIACION FAMILIAR. CURSO 2024/2025". Además, es necesario incluir en el apartado EXPONE: el número de expediente, el nombre del solicitante y la documentación adjunta.
Es recomendable revisar previamente las bases de la convocatoria para asegurarse de que toda la documentación requerida esté completa. Para cualquier consulta sobre situaciones no contempladas en las bases, se puede contactar a través del correo electrónico concejaliaeducacion@aytoboadilla.com. Cabe señalar que este medio solo tiene carácter informativo y no se aceptará documentación por esta vía.
Los interesados podrán consultar el listado de solicitudes incompletas o denegadas, así como las razones para estas denegaciones, accediendo a este enlace, utilizando su DNI. Los códigos al lado de cada expediente indican qué documentación adicional se necesita aportar.
Las solicitudes pueden haber sido requeridas debido a diversos motivos: documentos caducados, falta de firma, información incompleta o errores en los archivos que impidan su lectura. Es importante tener en cuenta que si no se presenta la documentación requerida dentro del plazo de 10 días hábiles, se considerará desistida la solicitud.
A su vez, es fundamental aclarar que no figurar en el listado publicado no implica necesariamente que la ayuda haya sido concedida; simplemente indica que la documentación ha sido presentada correctamente.
Cifra | Descripción |
---|---|
24 de diciembre | Inicio del plazo para subsanar solicitudes |
9 de enero | Fin del plazo para subsanar solicitudes |
17 días | Duración total del plazo para subsanar solicitudes |
10 días hábiles | Plazo para presentar documentación tras requerimiento |
El plazo se abre entre los días 24 de diciembre y 9 de enero, ambos inclusive.
Las alegaciones y documentos deben presentarse de forma presencial en el Registro del Ayuntamiento o por vía telemática, mediante una instancia general.
En la instancia se debe consignar en el apartado SOLICITA: revisión expte: AYUDAS A LA ESCOLARIZACION Y CONCILIACION FAMILIAR. CURSO 2024/2025, y en EXPONE: nº de expediente, nombre del solicitante y documentación adjunta.
El listado se puede consultar en el sitio web del Ayuntamiento, utilizando el DNI del solicitante.
Si no se aporta la documentación en un plazo de 10 días hábiles, se entenderá que se desiste la petición.
No, no aparecer en el listado publicado significa que se ha presentado correctamente la documentación requerida, pero no garantiza que la ayuda esté concedida.