El portavoz del Ejecutivo regional, Ignacio González (Foto: C. M.)
El Faro | Miércoles 22 de octubre de 2014
La Comunidad de Madrid aprobó ayer un proyecto de ley de medidas urgentes de modernización de la Administración, que remitirá a la Asamblea para su tramitación parlamentaria, por el que extrema, entre otras cuestiones, el control sobre el urbanismo en la región, según anunció al término del Consejo de Gobierno, el vicepresidente primero y portavoz del Ejecutivo, Ignacio González. Así, por ejemplo, los avances de los planeamientos urbanísticos -la primera fase de lo que luego será el Plan General- deberán contar con la aprobación del Consejo de Gobierno, quien se reserva la potestad, además, para retirar las competencias urbanísticas a los municipios que vulneren gravemente la ley.
En este proyecto de ley, con el que el Gobierno de Esperanza Aguirre inicia su andadura en esta nueva legislatura, se limita la altura de las nuevas construcciones, se establecen medidas para el embellecimiento, limpieza y calidad de vida de nuestras ciudades y se articulan mecanismos para garantizar el suministro de agua en la Comunidad, como agilizar obras hidráulicas.
Asimismo, se señala que la denominación de consejeros sea exclusiva para los miembros del Gobierno regional y estos, incluido los viceconsejeros, podrán compatibilizar como en la Administración General del Estado su cargo con el de diputado. En este sentido los viceconsejeros tendrán competencias de gestión, como los secretarios de Estado. Se especifica, igualmente, que la Comunidad podrá participar en la gestión de infraestructuras cuya titularidad corresponda al Estado.
El proyecto de ley de medidas urgentes aborda cuestiones que tienen que ver con el Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y, fundamentalmente, con el control y planificación urbanística.
Así, el Ejecutivo establece un mayor control urbanístico en la región y para ello fija que los avances del planeamiento deberán contar con un informe previo de análisis medioambiental por la consejería competente y de otro de impacto territorial que emitirá en un plazo de seis meses el Consejo de Gobierno. Si hubiera transcurrido dicho plazo sin que se haya emitido informe, se entenderá desfavorable a la aprobación del avance.
El informe de impacto territorial analizará las incidencias del Avance sobre el municipio afectado y los municipios colindantes, así como sobre las dotaciones y equipamientos, las infraestructuras y servicios, las redes generales y supramunicipales de transporte y cualquier otra que afecte directa o indirectamente a la estrategia territorial de la Comunidad. Asimismo, el procedimiento de aprobación de avance deberá contener información muy exhaustiva de la delimitación de los ámbitos en los que la ordenación proyectada altere la vigente, con un plano de su situación y alcance de dicha alteración.
La Comunidad de Madrid aprobó ayer un proyecto de ley de medidas urgentes de modernización de la Administración, que remitirá a la Asamblea para su tramitación parlamentaria, por el que extrema, entre otras cuestiones, el control sobre el urbanismo en la región, según anunció al término del Consejo de Gobierno, el vicepresidente primero y portavoz del Ejecutivo, Ignacio González. Así, por ejemplo, los avances de los planeamientos urbanísticos -la primera fase de lo que luego será el Plan General- deberán contar con la aprobación del Consejo de Gobierno, quien se reserva la potestad, además, para retirar las competencias urbanísticas a los municipios que vulneren gravemente la ley.
En este proyecto de ley, con el que el Gobierno de Esperanza Aguirre inicia su andadura en esta nueva legislatura, se limita la altura de las nuevas construcciones, se establecen medidas para el embellecimiento, limpieza y calidad de vida de nuestras ciudades y se articulan mecanismos para garantizar el suministro de agua en la Comunidad, como agilizar obras hidráulicas.
Asimismo, se señala que la denominación de consejeros sea exclusiva para los miembros del Gobierno regional y estos, incluido los viceconsejeros, podrán compatibilizar como en la Administración General del Estado su cargo con el de diputado. En este sentido los viceconsejeros tendrán competencias de gestión, como los secretarios de Estado. Se especifica, igualmente, que la Comunidad podrá participar en la gestión de infraestructuras cuya titularidad corresponda al Estado.
El proyecto de ley de medidas urgentes aborda cuestiones que tienen que ver con el Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y, fundamentalmente, con el control y planificación urbanística.
Así, el Ejecutivo establece un mayor control urbanístico en la región y para ello fija que los avances del planeamiento deberán contar con un informe previo de análisis medioambiental por la consejería competente y de otro de impacto territorial que emitirá en un plazo de seis meses el Consejo de Gobierno. Si hubiera transcurrido dicho plazo sin que se haya emitido informe, se entenderá desfavorable a la aprobación del avance.
El informe de impacto territorial analizará las incidencias del Avance sobre el municipio afectado y los municipios colindantes, así como sobre las dotaciones y equipamientos, las infraestructuras y servicios, las redes generales y supramunicipales de transporte y cualquier otra que afecte directa o indirectamente a la estrategia territorial de la Comunidad. Asimismo, el procedimiento de aprobación de avance deberá contener información muy exhaustiva de la delimitación de los ámbitos en los que la ordenación proyectada altere la vigente, con un plano de su situación y alcance de dicha alteración.
Retirar las competencias
El Consejo de Gobierno se arroga la facultad de retirar las competencias urbanísticas a los municipios en casos de grave incumplimiento de la ley. En este sentido, el Gobierno de la Comunidad de Madrid, previo informe de la Comisión de Urbanismo, será el órgano competente con carácter general para acordar la aprobación definitiva de los planes generales. Para añadir mayor grado de transparencia al proceso, la Comunidad prohibirá la celebración de convenios urbanísticos de planeamiento, así como la figura del agente urbanizador. Finalmente, dentro del capítulo urbanístico, el proyecto de ley limita las nuevas edificaciones a tres plantas más ático, aunque los ayuntamientos podrán autorizar la construcción de edificios singulares con altura superior cuando concurran circunstancias que lo justifiquen.