El Faro del Guadarrama publicó el miércoles, 18 de enero, una noticia bajo el título “El Alcalde de Moralzarzal condenado por despreciar la libertad sindical de los policías locales”, que respondía a una nota de prensa publicada por el Partido Popular en su página ‘web’ oficial. Pues bien, el pasado jueves, el responsable del Gabinete de Comunicación del Ayuntamiento de Moralzarzal, remite a este periódico una carta en la que acusa a este periódico de “haber difundido una noticia errónea al calificar al alcalde de “despreciar la libertad sindical de los policías locales”.... Y añade: “El objeto de la presente es comunicarles que la magistrada ha declarado la nulidad de un acto administrativo ya que el Jefe de la Policía Local no lo comunicó de manera adecuada. Por tanto, interpretar desprecio a la libertad sindical por parte del alcalde, es una interpretación subjetiva y al mismo tiempo lesiva para este Ayuntamiento. Es decir, lo que ustedes publican en su artículo no se corresponde con la realidad de lo ocurrido”
“Siendo costumbre de este Ayuntamiento el tratar de solventar de forma oficiosa los asuntos que afectan al municipio, y a fin de evitar una contienda judicial, ruego proceda a la rectificación de la noticia, indicando expresamente “que la sentencia obliga a la nulidad de un acto administrativo, consistente en el cambio de cuadrantes...”.Asimismo, añade el escrito, eliminar el titular por lesivo y faltar a la verdad” y, finalmente, amenaza a este medio a acudir a los tribunales en base a la “Ley Orgánica reguladora del derecho de rectificación”. El escrito está firmado por, Luis Luna Pereira, responsable de Comunicación del Ayuntamiento de Moralzarzal.
¿Matar al mensajero?
Efectivamente El Faro del Guadarrama publicó el miércoles 18 de enero esta noticia, bajo el título: “El Alcalde de Moralzarzal condenado por despreciar la libertad sindical de los policías locales”, que se correspondía con una nota de prensa del Partido Popular de esta localidad bajo el mismo titular. En la reproducción de la noticia, este periódico hace mención en dos ocasiones de la procedencia de la noticia , concretamente en el párrafo segundo, donde se dice: “Conviene recordar -dice el PP local en una nota de prensa remitida ayer a los medios- que la concejalía de Seguridad Ciudadana (Policía Local) depende directamente del alcalde, que es el máximo responsable.... También lo hacemos en el último párrafo, donde se recoge: “Es imposible, añade en su nota el PP local, fiarse de aquellos que antes decían defender en un sindicato los derechos de los trabajadores y ahora son condenados por vulnerar precisamente esos derechos...”
Por tanto, hemos de recordar al Señor Luna Pereira, que este medio, y queda probado, se ha limitado exclusivamente a transcribir la nota de prensa emitida por el grupo municipal del Partido Popular de Moralzarzal y es, si cabe, a este partido al que Vecinos por Moralzarzal debe pedir la rectificación que equivocadamente ha demandado de este periódico bajo amenaza de emprender acciones judiciales, una actitud que en el ¡argot’ periodístico se asemeja a un intento de ‘matar al mensajero’, al querer culpar a un medio de comunicación de ser el causante de ‘dar malas noticias’ ,o lo que en versión moderna (Wikipedia.org) de califica como una respuesta emocional hacia noticias no bienvenidas, pero no un método muy efectivo para mantenerse bien informado”.
Bien, volviendo al tema que nos ocupa y aclarada, suponemos, la procedencia oficial de las fuentes de esta información, hemos de añadir que este periódico ha tenido acceso a la sentencia relacionada con este asunto y en ella, la Magistrada, tal como veremos a continuación, dictó una sentencia que no deja lugar a dudas, aunque el Equipo de Gobierno presidido por Rodríguez Osuna intentara hacer de ella una peculiar interpretación, tal como sucedió en la rueda de prensa con los medios el pasado 24 de enero, y de la que dio cumplida información El Faro del Guadarrama, bajo el título “El Alcalde de Moralzarzal califica de falsa la acusación del PP de despreciar la liberta sindical”, saliendo con ello al paso de las acusaciones vertidas por el Partido Popular, no del Faro del Guadarrama, como ahora su responsable de prensa intenta hacer a través de una carta enviada a este medio, en la que pide la rectificación de la nota de prensa del Partido Popular, repetimos del Partido Popular y que procedamos a “eliminar el titular de la misma por lesivo y falto de verdad”, amenazando a este medio con acabar en los tribunales en base a la Ley Orgánica del Derecho de Rectificación.
Fundamentos jurídicos
Nuestro periódico ha tenido acceso en el día de hoy a la sentencia relacionada con este contencioso donde la Magistrada, entre otras cosas, dice: ...”Pero en el caso de decisiones administrativas que restringen ‘derechos fundamentales’ y en el presunto caso, la libertad sindical de los funcionarios, la falta de motivación “demuestra desprecio por dicho derecho fundamental cual queda sacrificado, sin siquiera saberse. En consecuencia la falta de motivación de la decisión impugnada [por los policías] igualmente abunda en haberse lesionado el derecho fundamental “a la libertad sindical de los operarios de Policía [de Moralzarzal].
Por otro lado, en el punto tercero de la citada resolución, relacionado con los fundamentos jurídicos de la citada sentencia, la magistrada añade: “haciendo aplicación al presunto caso y partiendo de los hechos probados, efectivamente al acordar el cuadrante de servicios del mes de noviembre de 2016, la Jefatura del Cuerpo ha alterado de forma significativa para cierto número de agentes, los turnos de trabajo, circunstancia incluida dentro de la materia negociable según se ha visto antes...”
Y añade. “Según alega la defensa del Ayuntamiento, simplemente se trata de servicios extraordinarios a cargo de los funcionarios previstos en la legislación sobre función pública con efectos colectivos y no individualmente para cada funcionario, dado el número de funcionarios afectados dentro de una plantilla no muy grande. Debiendo considerarse adicionalmente, que constituye además otra importante modificación de las condiciones de trabajo, y sí de forma sobrevenida, los funcionarios dejan de poder hacer una previsión fiable, sobre cuántos y qué días tendrá que trabajar, cuántos y qué días, podrán librar con perjuicio para poder conciliar la vida personal y familiar, posibilidad especialmente comprometida, en el caso de este tipo de servicios que deben prestar de forma permanente e incluyendo turnos de mañana, tarde y noche”.
Y finaliza: “Pero en el caso de decisiones administrativas que restringen derechos fundamentales y en el presente caso, la libertad sindical de los funcionarios, la falta de motivación, denota desprecio por dicho derecho fundamental el cual queda sacrificado, sin ni siquiera saber, por qué. En consecuencia, la falta de motivación de la decisión impugnada, igualmente abunda en haberse lesionado el derecho fundamental a la libertad sindical de los funcionarios de Policía”.
Si a todo ello añadimos que el alcalde de Moralzarzal es el responsable único de la Policía Local, pues, eso, blanco y en botella.