Valdemorillo

El IBI se abonará en dos pagos en Valemorillo

El Faro | Viernes 04 de noviembre de 2016
Quince son las ordenanzas que lleva aprobadas el actual equipo de gobierno de Valdemorillo, plasmando en ellas muchas de las medidas que considera prioritarias de cara a garantizar un mejor servicio a los vecinos. Entre ellas, se encuentra la nueva modalidad de pago que se establece para el abono de impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. Y es que a partir de 2017 y con carácter general, el IBI se abonará en este Ayuntamiento en dos veces, la primera en los meses de mayo y junio, la segunda entre octubre y noviembre. Así, con la modificación de la ordenanza reguladora de ese impuesto, se reduce la alta estacionalidad de los ingresos del Consistorio, lográndose con ello un ahorro en operaciones de tesorería con los bancos. Además, aumentan las bonificaciones del IBI a las familias numerosas, diferenciando por primera vez entre las generales (60%) y las especiales (70%), y abriendo además la puerta a centros de investigación públicos y universidades con un 95%, entre otras.

Además, con el con objeto de garantizar transparencia y mantener un control efectivo sobre el dinero público que se entrega a modo de subvenciones se ha aprobado la ordenanza de buen gobierno, transparencia acceso a la información y reutilización que implementa las indicaciones y observaciones de la Fundación CIVIO.

En otro plano, y a solicitud de las entidades urbanísticas, se cuenta ya también con la ordenanza fiscal de la tasa por el servicio de recaudación en vía ejecutiva de las cuotas adeudadas a juntas de compensación, entidades urbanísticas colaboradoras de conservación y demás órganos análogos de naturaleza urbanística. Se da así regulación y seguridad jurídica a una gestión que se venía ofreciendo en la práctica por este Ayuntamiento.

Adecuándose para acercarse al coste efectivo del servicio mientras que se elimina la comúnmente llamada tasa de podas, se materializó también la ordenanza destinada a regular la recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos, y objeto de modificación ha sido la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de edificios, estableciendo el coste gratuito para favorecer el derecho de reunión y asociación.