Los grandes municipios podrán cambiar su planeamiento urbanístico sin modificar el PGOU
El Faro | Miércoles 26 de octubre de 2016
El gobierno de la Comunidad de Madrid presentó el lunes pasado un borrador de anteproyecto de la nueva Ley de Urbanismo y Suelo de nuestra región que permitirá a los grandes municipios a contar con programas municipales de actuación sobre el medio urbano, lo que les facilitará hacer cambios en su planeamiento en asuntos de rehabilitación sin necesidad de tener que modificar su Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).
En cuanto a los pequeños municipios, estos podrán disponer de un PGOU más flexible, del que podrán hacer uso cuando las actuaciones se centren en sus cascos urbanos y no incluyan nuevos desarrollos. Así lo ha dicho Cristina Cifuentes en rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, donde ha presentado esta nueva Ley de Urbanismo y Suelo Regional, la primera desde el año 2001, momento en el que entró en vigor una normativa que a día de hoy ha tenido más de 15 modificaciones.
La presidenta regional ha destacado que es una “ley completamente nueva y extraordinariamente importante para garantizar el desarrollo sostenible”
Cambios sin modificar el PGOU
Entre las novedades de la ley, las medianas y grandes ciudades de la región tendrán a su disposición nuevos instrumentos urbanísticos como los programas municipales de actuación sobre el medio urbano, cuya elaboración será voluntaria y permitirán que las alteraciones del planteamiento necesarias para desarrollar y ejecutar actuaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana que se incluyan en los mismos solo requerirán la aprobación de planes especiales, sin que sea necesario modificar el planeamiento general como hasta ahora.
Destaca también la inclusión de un PGOU simplificado, diseñado para los municipios que cumplan estas condiciones de población y presupuestos, que son casi la mitad de los 179 de la región.
Evitar desarrollos innecesarios
La nueva ley mantiene las clases de suelo urbano, urbanizable y no urbanizable, pero con modificaciones, de tal forma que el suelo que hasta ahora se consideraba suelo urbanizable no sectorizado pasa a ser suelo no urbanizable común. Este cambio clarifica qué suelos se pueden desarrollar o no. Así, en el suelo no urbanizable común no se podrá construir en ningún caso, salvo que se cambie su clasificación en el planeamiento general a iniciativa de los propios ayuntamientos. Se pretende así conseguir un urbanismo más sostenible y que evite desarrollos urbanísticos innecesarios” ha afirmado Cifuentes.
“Se va a poder construir más allá de tres alturas”, ha afirmado la presidenta regional, explicando que este punto se mantiene “en los mismos términos que en la actual ley. Será un tema que se tratará de manera individual en cada municipio en las modificaciones del PGOU”, han explicado desde el Ejecutivo autonómico.
A este respecto, Cifuentes ha explicado que “lo que pretende la ley es facilitar, no interferir, que haya mayores garantías por parte de la Comunidad de Madrid”, por lo que no va a afectar a los grandes proyectos que están en marcha”
Se endurecen las sanciones
En materia de legalidad urbanística también se introducen novedades. La ley refuerza la capacidad de las administraciones para actuar frente a posibles infracciones urbanísticas, incrementando los años de prescripción a ocho y endureciendo el régimen sancionador, destacando la posibilidad que tendrá la administración para decomisar cualquier beneficio que se obtenga por la comisión de una infracción, así como la posibilidad de que la Administración no le suponga ningún coste las actuaciones que tengan que llevar a cabo para restaurar la legalidad urbanística, repercutiendo ese coste en el infractor.
Además de quedar reflejado en la ley, los municipios estarán obligados a facilitar indicadores de información que permitan conocer el seguimiento de su desarrollo, el del PGOU y, en su caso, la necesidad de su revisión . Los ciudadanos podrán hacer sugerencias pero estas no serán vinculantes. Una vez aprobada la ley, todos los municipios de la región deberán adaptar su planeamiento a las nuevas disposiciones para lo que tendrán un plazo de cuatro años.
En cuanto a los procedimientos que estén en trámite cuando entre en vigor la nueva ley, seguirán adelante con normalidad adaptándose a las modificaciones incluidas en la nueva norma. Sólo en caso de que dicho expediente se encuentre en una fase inicial, esta debería iniciarse por completo conforme a la normativa recién aprobada.