Comunidad de Madrid

La Comunidad cuenta con cuatro zonas naturales aptas para el baño, con agua de calidad y segura

El Faro | Lunes 13 de junio de 2016
La Comunidad de Madrid cuenta con el reconocimiento de la Unión Europea de cuatro zonas naturales aptas para el baño conforme a los análisis y calificación de aguas que efectúa la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad, que acreditan estos espacios de recreo con condición de alta salubridad y seguridad.

Las zonas autorizadas para el baño son las Presillas (Rascafría), los Villares (Estremera), el Embalse de San Juan y sus dos puntos de muestreo (San Martín de Valdeiglesias), que cuentan con clasificación de excelencia en sus aguas; y la conocida como Playa del Alberche (Aldea del Fresno), en este caso con denominación de agua buena.

En esta temporada, se ha declarado como zona no apta para el baño la Charca Verde (Manzanares El Real) como consecuencia de necesidades de protección ambiental, reguladas por la normativa vigente. Asimismo, se recuerda que tampoco está permitido el baño en el resto del curso del río Manzanares.

La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Salud Pública, es la entidad competente en velar y vigilar por la calidad del agua mediante la inspección, el análisis, la calificación de las zonas aptas para el baño y la información al ciudadano.

Durante esta temporada se efectuarán 45 inspecciones y análisis del agua, a través de los técnicos de la Subdirección General de Sanidad Ambiental, en los cinco puntos de muestreo de las zonas de baño naturales para descartar posible contaminación microbiológica. Los análisis se efectúan en el Laboratorio Regional de Salud Pública. En el caso de los ayuntamientos, tienen la competencia de señalizar e informar de la prohibición del baño a los posibles usuarios.

Asimismo, la Consejería de Sanidad -a través de la web institucional www.madrid.org y el Portal Salud- proporciona al ciudadano información de la calidad del agua de las zonas de baño y, en su caso, de su playa de recreo, basada en los resultados de la inspección y análisis del agua.

Sanidad recuerda que puede resultar peligroso para el bañista acudir a zonas de baño no autorizadas por la posibilidad de que el agua cuente con microorganismos nocivos para la salud o, bien, por el riesgo de ahogamiento.

Insiste, además, en la conveniencia de protegerse del sol, usar siempre protectores (especialmente con los niños), y entrar paulatinamente en el agua, sobre todo después de tomar el sol. También aconseja ducharse tras finalizar el baño, beber suficiente líquido y no abusar de las bebidas alcohólicas, mantener la playa y el entorno limpios y usar las papeleras.

REQUISITOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Atendiendo a las directrices europeas, para calificar una zona de baño natural como tal, debe contar con buena calidad del agua y afluencia de bañistas y estar dotada de las instalaciones correspondientes. La temporada de baño está autorizada hasta el 15 de septiembre.

Cada año, la Consejería de Sanidad procede a su calificación en función de los muestreos realizados, que remite al Ministerio de Sanidad y éste, a su vez, a la Comisión Europea. El Ministerio cuenta con un Sistema de Información Nacional de Aguas de Baño (Náyade) como herramienta informática para la gestión en información de la calidad del agua en las comunidades autónomas y demás organismos.

Las aguas de baño están reguladas en la Unión Europea desde la década de 1980. Actualmente, la normativa vigente es la Directiva 2006/7/CE del Parlamento Europeo.