Moralzarzal

Urbaser aún no ha devuelto al Ayuntamiento de Moralzarzal los 932.686,94 euros cobrados indebidamente durante siete años

El Jeep de Urbaser que conducía la anterior concejala de Medio Ambiente

IU-LV denunció los hechos ante la Fiscalía por los presuntos delitos de prevaricación y malversación de fondos

Rodrigo Garcés | Sábado 04 de junio de 2016
“Los vecinos de Moralzarzal, así lo recogía El Faro del Guadarrama en marzo de 2013, siguen pendientes de la resolución del expediente abierto por el Ayuntamiento de Moralzarzal a la empresa Urbaser S.A., adjudicataria del servicio de limpieza pública, recogida de basuras, punto limpio y mantenimiento de zonas verdes de este municipio por un “presunto error aritmético en el cálculo del precio de la limpieza urbana, lo que ha supuesto para las arcas municipales y por tanto, para los bolsillos de todos los vecinos de, un desembolso de 932.686,94 euros, cantidad que la empresa (según escrito de alegaciones relacionado con la notificación hecha por este Ayuntamiento en febrero de 2013, emplazando a Urbaser S.A. a devolver las cantidades cobradas indebidamente), se niega a pagar, pidiendo el archivo de dichos expedientes por considerar que la “declaración de la lesividad”.


No podrá adoptarse transcurridos cuatro años desde que se dictó el acto administrativo, es decir, desde la adjudicación del contrato (21-12-2004). La insistencia de nuestro periódico en este asunto, incluido el oscuro asunto relacionado con el vehículo Jeep, cuatro por cuatro, en cuyas puertas llevaba serigrafiado el escudo del Ayuntamiento moralzarceño bajo el título ‘Medio Ambiente’ y de uso exclusivo por la entonces titular de este área Esther Dolores Sanz, dio origen a una investigación en el seno municipal que fue concluida con un dictamen de la secretaria municipal que achacó estos cobros indebidos a un ‘error aritmético’ del que, pasados ya tres años, nada más se ha vuelto a saber”.
Denuncia a la Fiscalía
Un año más tarde (3 abril de 2014), Miguel Barrigüete Garrido, por entonces portavoz del IU-Los Verdes en el Ayuntamiento de Moralzarzal y en la actualidad, miembro del Ejecutivo local que preside Rodríguez Osuna (Vecinos por Moralzarzal), presentó denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción por los presuntos delitos de prevaricación, tráfico de influencias y malversación de fondos públicos contra José María Moreno Martín (Alcalde), Esther Dolores San Gil (Concejala de Medio Ambiente); Javier Martín Pascual(concejal de Hacienda),así como contra el resto del personal político o funcionarial que haya participado en la adjudicación a la empresa Urbaser S.,A. y Resimoral S.L. y a la UTE Urbamoral, al entender que “la renovación subjetiva realizada en el año 2010 no cumple normativa, ya que la idea sobre la que pivota nuestro sistema de modificación de los contratos públicos es meridianamente patente: la prestación debe ejecutarse de la forma inicialmente pactada admitiéndose únicamente variaciones al respecto cuando así se haya previsto en los pliegos o en el anuncio de licitación o en cualquiera de otros supuestos si fuera necesario que el contrato se llevase a cabo de modo diferente al acordado”.

En diciembre de 2011, al observar un aumento desproporcional y desorbitado de la tasa de basuras para un Ayuntamiento de apenas 12.000 habitantes, Izquierda Unida hace un encargo a la Intervención para que les explique los costes de este servicio de limpieza viaria. Lo que da lugar al expediente 3887/2011, advirtiéndose un error que la intervención certifica como “aritmético” consistente en que en el sumatorio existe un error aritmético de 75.255,81 euros en el capítulo de personal que arrastra en el total del coste del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos. Si a esta cantidad se le añaden los gastos generales y el Beneficio Industrial y el tipo de IVA aplicable, en el ejercicio 2005, del coste del importe abonado [indebidamente] ascendería a 84.662,76. De esta forma el incremento anual del error aritmético’ sería de 89.872,06 (año 2006); 923.966,36 (año 2007); 99.473,45 (2008);98.266,73 (2010); 98.266,73 (2011); 98,266,73 (año 2012). El total a devolver sería 807.547,98 euros al que debía añadirse los intereses legales , lo que haría una cifra de 932.686,94 euros.

Urbaser reconoce el error
Intervención informa del error material a los órganos municipales y a la secretaría, pero no es hasta el 26 de diciembre de 2012, un año después de iniciarse el expediente sobre verificación de los costes del servicio de limpieza viaria cuando se emite un informe de la Secretaría General y no es hasta el 9 de febrero de 2013 , cuando intervención informa, diciendo: “Catorce meses después de abrirse expediente la Juta de Gobierno local de fecha 12 de febrero de 2013 aprueba la propuesta de resolución de rectificación de error material aritmético y la liquidación por reintegro de facturación indebidamente percibida por Urbaser S.A. Esta resolución no se le notifica a dicha empresa hasta el 27 de febrero de 2013.

Urbaser S.A realiza escrito de alegaciones en los que no niega la existencia del error de cálculo, pero sí tener que devolver las cantidades reclamadas por no tratarse de un mero error aritmético, sino por tratarse de una resolución que modifica el auto administrativo y que, en todo caso, las cantidades a devolver serán la de los últimos cuatro años por entender prescritas las anteriores.

El secretario apoya a Urbaser
Intervención desestima las alegaciones de Urbaser S.A. diciendo que la prescripción aplicable es la general de 15 años, pero a pesar de ello desde la Secretaría general, el señor Perdices Rivero, emite otro informe en el que se aprecia la prescripción y por tanto únicamente deberá reclamarse el importe de cuatro años, es decir, desde el 2009 hasta el 2013, que es cuando se notifica a la empresa el inicio del procedimiento. Con ello Urbaser solo tendría que abonar 393.066,19 euros, es decir 414.483,79 euros menos, sin contar los intereses del dinero indebidamente percibido.

La Junta de Gobierno local aprueba en la sesión celebrada el 19 de marzo de 2013 la admisión de las alegaciones propuestas por la Secretaría General y obvia las apreciaciones del Interventor donde dice que no procede la prescripción de cuatro años. Finalmente Urbaser presenta recurso de reposición el 24 de mayo de 2013, alegando lo expresado anteriormente.

Por todo ello, Izquierda Unida expone a la Fiscalía que “a fecha de hoy aún no consta contestación del Ayuntamiento al recurso de reposición interpuesto y tampoco consta por parte de la mercantil la devolución de las cantidades reclamadas, ni siquiera a los relativos cuatro últimos años, a pesar de que los actos administrativos son directamente ejecutivos y sin que coste suspensión ni administrativa ni judicial del mismo.

Conclusiones finales
Según Miguel Barrigüete Garrido, portavoz de IU-Los Verdes en el Ayuntamiento de Moralzarzal, “en todo lo relatado queda probado el hecho lo controvertido de que durante ocho años Urbaser S.A. ha cobrado dinero de más por el módulo de personal, horas extras; no sabemos ni se ha acreditado nunca al Ayuntamiento (quien no lo ha solicitado tampoco a la mercantil) si efectivamente se ha pagado a los trabajadores horas extraordinarias, las correctas y por qué importe y si los salarios son conformes a los reflejado en los módulos de los pliegos. Parecer ser que no existe control municipal sobre el pago de los boletines de cotización de la mercantil, las nóminas, las horas extras en relación al personal, y tampoco existe control alguno sobre el resto de las condiciones del Pliego, como si la maquinaria es la adecuada según las condiciones de contratación con el Ayuntamiento.

De los hechos relatados, existen indicios suficientes para que por la Fiscalía se abra el oportuno expediente administrativo por si se hubiera cometido delitos del Título XX del Código Penal.

Consideremos que existen hechos que pueden constituir los diferentes tipos delictivos que pasamos a relatar: 1.- Falta de control, en el cumplimiento de los pliegos. 2.-Se ha realizado una novación subjetiva sin cumplir los requisitos para ello. 3.- Bienes públicos que constan como mejoras utilizados a título personal. 4.- Adjudicación y modificaciones sin control de contratos a Urbaser S.A. 5.- Dilación injustificada en la instrucción y resolución del expediente de “error material”. 6.- El pago de la mercantil de las cantidades mal calculadas conociendo que eran erróneas, al menos en el año 2012. 7.- La no ejecución del acto administrativo sin que este se encuentre en suspenso. 8.- Resolver que únicamente se devuelvan cuatro años de cantidades cobradas indebidamente cuando por ley podrían solicitarse lo realmente adeudado al Ayuntamiento. 9.- La subida de tasas de basuras exorbitada para el pago de facturas y cantidades indebidas a Urbaser.

De todos estos hechos y los documentos aportados se pueden desprender diferentes tipos delictivos tales como: prevaricación, tráfico de influencias (artículos 432 y 434). Finalmente Izquierda Unida pedía que fueran citados a declarar: Interventor: Carlos Jaramillo Martín; Secretario General: Santiago Perdices Rivero; Alcalde: José María Moreno Martín; Concejala de Medio Ambiente: Esther Dolores San Gil; Concejal de Hacienda: Javier Martín Pascual e Ignacio Triana Gracián, Gerente de Urbaser.