El Escorial

Un juzgado de Madrid anula la licencia de la capilla de Prado Nuevo “por ser contraria a derecho”

Fue levantada en honor a la vidente Amparo Cuevas

El Faro | Miércoles 09 de marzo de 2016
El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 23 de Madrid ha dictado una sentencia en la que anula “por ser contraria a derecho” la concesión de una licencia provisional para la construcción de una capilla en la finca de Prado Nuevo, propiedad de la Fundación Virgen de los Dolores y situada en término municipal de El Escorial, donde la vidente Amparo Cuevas aseguró que se le aparecía la Virgen. El fallo al que ha tenido acceso Europa Press, estima el recurso contencioso administrativo presentado por varios colectivos escurialenses (Acción Plural, Plataforma Ciudadana Escurialense, Entorno Escorial, Escorial Laico y Equo contra la resolución que emitió la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de El Escorial donde se especifica que “se anulan por ser contrarias a derecho”. Todo ello está relacionado con la concesión de una licencia provisional para la construcción de la citada capilla en el mes de junio de 2012 y la prórroga de la misma que fue otorgada en julio de 2013 a petición de la Asociación de Seglares Reparadores Amor, Unión y Paz de El Escorial. La sentencia, no es firme y contra la misma los interesados pueden presentar recurso de apelación.

Los autores de esta denuncia justificaron la presentación de la misma en el hecho de que “este edificio de 800 metros, se había construido sin licencia y en suelo rústico de Especial Protección, sin que ni el Ayuntamiento ni la Comunidad de Madrid hicieran nada por cumplir la legalidad”
En los fundamentos de derecho, se indica que las licencias provisionales “pueden otorgarse para fines compatibles y condiciones compatibles con la determinación urbanística”. “La licencia provisional quedaría así al margen de la ordenación urbanística y de régimen general de uso del suelo, lo que, claro está, no puede ser una interpretación admisible”, añade el documento.

Por todo ello para el juez procede la estimación del recurso al considerar que “sin la habilitación que supone la calificación no puede autorizarse un título de uso provisional o definitivo, en un suelo no urbanizable de especial protección y que, por tanto, las licencia otorgadas por el Ayuntamiento de El Escorial debe regir aquel trámite que, obviamente, no pueda ser cumplido como se dice en el Ayuntamiento con la existencia de contactos o consultas verbales que no pueden tener una eficiencia real en este supuesto”
Cronología de los hechos
La capilla en honor de la Virgen de los Dolores se levantó en la finca de Prado Nuevo, situada entre el casco urbano del municipio de Escorial y la variante de la M-505 y 600. Estos terrenos, adquiridos en su día por la citada fundación religiosa y siempre tuvieron la calificación de no urbanizables y/o de especial protección, de ahí que cualquier actuación en los mismas precisara del pertinente permiso del Ayuntamiento y/o de un cambio de normas por parte de la Comunidad de Madrid.

Hemos de recordar que en el ámbito religioso fue el por entonces cardenal arzobispo de Madrid, Rouco Varela, el que dio la autorización de la Iglesia para la construcción de dicha capilla y la licencia de obras la otorgó el Ayuntamiento de La Villa el 19 de junio de 2012, aún reconociendo el consistorio escurialense, y así lo hizo constar, que la ermita se levantaría sobre un “suelo urbanizable de especial protección. Por ese motivo, la licencia de construcción fue provisiona por un año, prorrogable por otro más. La licencia de primera ocupación se otorgó el 4 de enero de 2013, cinco meses después de que la vidente, Amparo Cuevas, fuese enterrada en la ermita.

La denuncia de Escorial Laico
Fue el colectivo ‘Escorial Laico’, que aglutina a IU, PSOE, Acción Plural, Entorno Escorial, 15-M, Plataforma Ciudadana y ECUO, todas ellas formaciones de ideología política de izquierdas, los que presentaron el día el 2 de octubre de 2012 este contencioso administrativo en un juzgado de Madrid, en el que solicitaban que el ayuntamiento de El Escorial revocase la licencia que permitió la construcción provisional de la citada ermita tras detectar los abogados de Escorial Laico varias irregularidades en la tramitación de la licencia, entre ellas que los técnicos municipales habían emitido informes favorables sobre la obra basados en leyes que ya no existen, añadiendo además, que “no hay norma alguna que ampare dicha licencia dada la naturaleza urbanística del suelo”. Y añadían: “si los tribunales nos dan la razón, pediremos, además de la demolición de la ermita, la inhabilitación de los miembros del Equipo de Gobierno que concedieron la licencia, por prevaricación.

Dado que la sentencia emitida por el juzgado de lo Contencioso Administrativo, número 23 de Madrid, es recurrible, todo parece indicar que este contencioso tendrá un largo recorrido hasta la resolución definitiva. El Escorial ya se han empezado a oír las primeras críticas hacia los autores de la denuncia por tratarse de partidos políticos de izquierda que, además, de autodenominan laicos, pues el cierre de Prado Nuevo puede suponer para los escurialense unas pérdidas económicas muy importantes dado el número de personas que vienen todos los fines de semana de peregrinación a este paraje conocido por las presuntas apariciones de la Virgen de los Dolores a la vidente Amparo Cuevas.