Collado Villalba

Un dentista, condenado a indemnizar a una paciente con más de 9.000 euros

El Faro | Miércoles 22 de octubre de 2014
El Juzgado de Instrucción número 1 de Collado Villalba ha condenado a una clínica de la localidad y a uno de sus dentistas a indemnizar con más de 9.000 euros a una paciente de 31 años por los daños y perjuicios ocasionados por un tratamiento de ortodoncia erróneo.


La joven acudió en mayo de 2008 a esta consulta con el objetivo de que le propusieran cual sería el mejor tratamiento para un problema estético: conservaba los caninos de leche, que le obstaculizaban el desarrollo de los definitivos, los cuales estaban saliendo por la encía, mientras que el canino inferior derecho se encontraba situado detrás de los dientes por falta de espacio.

Tras examinar a la afectada, el doctor le propuso un tratamiento de ortodoncia con el método ‘invisalign’, “por ser más rápido y efectivo que los sistemas convencionales de brackets, aunque era más costoso”, según indica la sentencia, tramitada por los letrados de la Asociación del Defensor del Paciente.

Esta vecina pasó dos años con este tipo de ortodoncia y padeció diversos problemas con las fundas, que no encajaban correctamente con su dentadura. Ante esta situación, el dentista demandado prescribió un nuevo tratamiento con aparatología fija (brackets), el cual nunca fue ofertado con anterioridad, colocándole un puente en el paladar y abrazaderas en las muelas.

En la sentencia, el juez entiende que a la vista de los informes periciales, el tratamiento efectuado “no fue el correcto y además no era el adecuado a la patología que presentaba la paciente, tanto por sus especiales características como por presentar dentición mixta, constando que el tratamiento con ‘Invisalign’ nunca se recomienda en dichos casos. De hecho, tras casi dos años ha tenido que iniciar otro con brackets para solucionar su patología”, indica la sentencia, que asegura que se ha demostrado el “nexo de causalidad entre dicho tratamiento y las secuelas consistentes en diastemas o separación de molares” y en el desgaste de esmalte para crear espacios, exagerado en dos premolares.

En conclusión, el juez determina que ha afectado a 10 piezas dentarias y, además, aunque no se acredite que las caries que tenía la paciente eran consecuencia del tratamiento, “lo cierto es que el codemandado en sus distintas revisiones debió detectar dichas caries y remitir al paciente al dentista, cosa que no hizo”, finaliza.