San Lorenzo

El Ejecutivo afirma que sólo se podrá actuar sobre edificios ya existentes

ENRIQUE PEÑAS | Miércoles 22 de octubre de 2014
Ante las críticas realizadas por Entorno Escorial y la Plataforma Ciudadana Escurialense, el Ayuntamiento de San Lorenzo, a través de la Concejalía de Urbanismo, ha remitido un comunicado para hacer varias puntualizaciones. En primer lugar indica que no con esta modificación no se altera “la categoría o calificación de ningún terreno en el municipio”. También explica que la ley actualmente vigente “permite la implantación en el suelo no urbanizable de usos e instalaciones no incluidos en las Normas Subsidiarias, limitándose la modificación que se tramita a incorporar esas posibilidades que, en todo caso, para su materialización, exigirán la calificación urbanística autonómica”, incluyendo los preceptivos informes ambientales, así como el visto bueno de Patrimonio Histórico. En tercer lugar, estas mismas fuentes aseguran que “ni un solo metro calificado como zona verde o espacio libre está afectado por esta modificación”. En este sentido, subrayan que “ningún centro turístico ni residencial podrá ser construido, salvo que se trate de la rehabilitación de algún edificio ya existente y que esté dotado de valores arquitectónicos para destinarlo a uso hostelero”.

Por otra parte, desde el Equipo de Gobierno que preside José Luis Fernández Quejo manifiestan que tanto la Dirección General de Calificación Ambiental como la de Patrimonio Histórico están estudiando esta modificación, con el fin de determinar las “posibles afecciones ambientales” y aquellas que pudieran tener que ver con la declaración del término municipal (Cerca de Felipe II) como Bien de Interés Cultural, en su categoría de Territorio Histórico. Igualmente, el Ejecutivo recuerda que la aprobación definitiva corresponde a la Comunidad.

Para la calificación urbanística autonómica que permita implantar en un terreno concreto un determinado uso o instalación, el Ayuntamiento indica que será necesario superar los siguientes trámites: informe municipal; procedimiento ambiental; informe de la Dirección General de Patrimonio Histórico; aprobación de la calificación urbanística por parte de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid; y, por último, la concesión de la correspondiente licencia de obra que otorgará el Ayuntamiento previa autorización de Patrimonio Histórico.