La regidora, Carmen Díaz
EL DENUNCIANTE ASEGURA QUE CARMEN DÍAZ LE PIDIÓ 120.000 EUROS PARA TRAMITAR UN EXPEDIENTE URBANÍSTICO
El Faro | Miércoles 22 de octubre de 2014
La alcaldesa de El Boalo, Carmen Díaz Carralón (PP), ha sido imputada por un presunto delito de cohecho impropio por un caso que se remonta a 2001 y que se resolverá finalmente en los tribunales, con un jurado popular.
Según el auto del Juzgado número 3 de Colmenar Viejo con fecha de 27 de julio de 2009, al que ha tenido acceso El Faro del Guadarrama, fue Antonio Gata Morales quien, como titular del 50 por ciento de la mercantil CERGASA S.L., puso una denuncia por los hechos relacionados con la compra de un solar en Cerceda en febrero de 2001. A su juicio, tal como consta en la resolución judicial, la regidora inició desde entonces “una labor de entorpecimiento para evitar que dicha compraventa llegara a buen fin, retrasando la tramitación de las solicitudes”.
La situación llegó hasta el punto de que, según el denunciante, la regidora exigió a otro de los representantes de la mercantil, Segundo Andrés de Ocón, “la entrega de un piso de la futura promoción, si bien finalmente se valoró en 120.000 euros”, además de un vial de su propiedad en la unidad de ejecución 5. Finalmente, continúa el fallo, Gata decidió reunirse con la alcaldesa, grabando varias de las conversaciones, en las que, en relación al solar de la calle Potro, ésta última solicitó la citada cantidad, que el denunciante -también imputado en este caso- le entregó en tres partes: 30.000 euros en abril de 2004, otros 30.000 en octubre de ese mismo año y 60.000 en enero de 2005. En este sentido, el propio denunciante manifiesta que nunca pretendió que Carmen Díaz “realizara ninguna actividad ilícita, sino que se vio forzado a pagar para que se le tramitara el expediente al que por ley tenía derecho”.
Dos cartuchos de ‘mini-disc’
Con la denuncia se adjuntaron dos cartuchos de mini-disc con tres conversaciones entre Antonio Gata y la alcaldesa. Según sus manifestaciones, la primera se registró en el salón de plenos del Ayuntamiento, “llegando las partes a un acuerdo y fijando el modo de entrega”. De este modo, tal y como figura en el relato de los hechos, los encuentros se celebraron en una cafetería de Cerceda, en el restaurante Puskas de la vecina localidad de Moralzarzal y en el hotel Las Gacelas de Becerril, completándose aquí el pago de la suma acordada.
“Del conjunto de las diligencias practicadas y de la abundante documental aportada”, indica la titular del Juzgado número 3 de Colmenar Viejo, “resulta la existencia de indicios de un delito de cohecho, previsto y penado en el artículo 425.1 del Código Penal”, que castiga a la autoridad o funcionario público que “solicitare dádiva o presente, o admitiere ofrecimiento o promesa para realizar un acto propio de su cargo o como recompensa del ya realizado”.
Reconocimiento de voces
La juez indica también, en referencia a las grabaciones, que la alcaldesa “se negó a someterse a una prueba pericial de reconocimiento de voces”, por lo que tendrá que ser el tribunal el que determine la autenticidad de las mismas, “en virtud de su propia percepción”. Por su parte, el denunciante reconoció haber entregado a la regidora 120.000 euros en metálico para la tramitación del citado expediente urbanístico, aportando un extracto bancario que acredita que, con fecha de 17 de diciembre de 2004, retiró 60.000 euros de su cuenta. Además, añade la juez, “de la investigación patrimonial de la imputada se deduce que la señora Díaz Carralón posee un patrimonio inmobiliario de valor más que considerable, en concreto 18 bienes inmuebles, de los que tres son privativos y 15 gananciales, con un valor catastral aproximado de 465.164 euros”. Ante esto, “y existiendo indicios suficientes de criminalidad”, la juez concluye que no procede “el sobreseímiento y archivo solicitado por la representación de Carmen Díaz Carralón”. En todo caso, la magistrada explica que no procede hablar de prevaricación, añadiendo que, hasta el momento, tampoco ha quedado acreditado que la alcaldesa estuviera retrasando la polémica tramitación. En su exposición, la juez indica también que, en contra de lo solicitado, resulta procedente apartar a Antonio Gata de su condición de acusación particular, de modo que éste es a la vez denunciante e imputado, por ser una de las partes implicadas en este presunto caso de cohecho (en su caso, la persona que entregó el dinero). Finalmente, la magistrada acuerda la incoación del procedimiento para el juicio ante el Tribunal del Jurado.
Este periódico ha tratado de ponerse en contacto con la regidora, sin obtener respuesta hasta el momento.