Opinión

La enajenación del Caño de la Fragua

TRIBUNA

Santiago Grande Aguilera

El Faro | Miércoles 22 de octubre de 2014
Retomando lo que ya no puede pasar desapercibido en Collado Villalba, con respecto a la política de abandono de los recursos públicos por parte del Gobierno socialista, y venta al por mayor de los escasos bienes inmuebles con los que cuenta nuestro municipio a través de medidas profundamente antisociales y despilfarradoras de nuestro patrimonio como es el caso de la enajenación del Caño de la Fragua (terrenos situados junto a la ITV), conviene hacer una serie de apreciaciones:

En primer lugar, el sistema elegido para su puesta a la venta es la segregación total de la finca (en torno a 100.000 metros cuadrados); esto es, una división y subdivisión en pequeños minifundios, parcelas y lotes, para poder cumplir con la exigencia de su conversión y desafectación en cuanto a su calificación jurídica y posterior transformación en bienes patrimoniales, y que pueda ejercer el contrato de compraventa, requisito indispensable que estipula la normativa de bienes de las entidades públicas. Proceso totalmente artificial de desmembramiento de un gran bien inmueble, que no responde a su anterior existencia como pequeñas parcelas o cesiones obligatorias del 15 por ciento al Ayuntamiento por parte de ninguna junta de compensación de ninguna promoción urbanística privada. Pero aquí no queda la cosa, puesto que si como se prevé la entidad compradora es una gran superficie comercial, estará comprando la propiedad total de la parcela, efectuando una pirueta jurídica y legal para salvar la ley por medio de la adquisición de “muchos poquitos que irán a parar finalmente al activo de una sola empresa”. A su vez, para tratar de disimular este extremo y obtener el cómputo o importe total del contrato (no olvidemos que no deja de ser un contrato público) como si de una única gran propiedad urbana se tratara, es muy posible que lo materialicen de forma que se justifique por medio de la asignación de pequeñas cuotas líquidas a franquicias o locales en arrendamiento en la gran superficie. Pero no convence tampoco, porque en definitiva, el propietario seguiría siendo el mismo una vez realizada la venta.

Un gran fraude de ley, puesto que el agente adquiriente es una sola sociedad empresarial, que adquiere la totalidad de la finca, pese a todos estos mecanismos subterráneos de ingeniería financiera. Aquí podría estar el gran engaño de esta operación, siempre que antes no se ponga remedio por la vía judicial.