Agencias | Miércoles 22 de octubre de 2014
El Tribunal Supremo ha condenado a la Generalitat de Cataluña a indemnizar con 12.000 euros a un preso preventivo que fue violado por sus dos compañeros de celda en el centro penitenciario de Tarragona.
En la sentencia, la sala de lo penal del Alto Tribunal recuerda que la Ley General Penitenciaria prevé que los detenidos y los preventivos estarán separados de los condenados (uno de los violadores se encontraba con sentencia firme). Para el Supremo, el hecho de que la víctima compartiera alojamiento con otras dos personas "fue causalmente relevante para la agresión sexual producida, pues ya de entrada hay que convenir una mayor facilidad para consumar la agresión por el sólo hecho de ser dos los agresores y uno la víctima".
"Cuando una persona ingresa en prisión, lo es para cumplir la pena y no para ser sujeto de un delito como víctima, y si éste se produce (...) corresponde a la Administración acreditar el acabado cumplimiento de las previsiones legales en materia penitenciaria si pretende su total exoneración en vía de responsabilidad civil subsidiaria", añade la sentencia.
"Existió un funcionamiento de la Administración penitenciaria contrario a las previsiones legales con causalidad relevante en el delito cometido", concluye el Supremo.