Paola F. López | Miércoles 22 de octubre de 2014
Han tenido que transcurrir 25 años y varios juicios para que los antiguos propietarios de la finca donde se asienta la Casa de Cultura vean reconocidos los derechos que reclamaban tras perder su terreno en un convenio con el Ayuntamiento.
El Tribunal Supremo ha dictado la última e irrevocable sentencia, que obliga al Consistorio de Torrelodones a abonar a la empresa Imronda S.A. la cantidad de 5.223.154 euros en concepto de indemnización.
Desde 1985
Este largo conflicto entre la familia propietaria del suelo donde se ubicaba el denominado Palacio del Antiguo Casino y el Ayuntamiento se inició tras frustrarse el acuerdo alcanzado por estas partes en enero de1985, siendo alcalde Serapio Calvo. Dicho convenio establecía la cesión del citado suelo para la construcción de la Casa de Cultura y su posterior el aprovechamiento público, a cambio de la recalificación de otra finca de los mismos propietarios, el denominado sector 11 (El Enebrillo), como suelo urbanizable.
Al poco tiempo de este acuerdo, la Comunidad de Madrid establecía la protección de una parte importante de este municipio mediante la declaración del Parque Regional del Curso Medio del Guadarrama. Pero fue la denuncia de un particular, entonces dirigente de Ecologistas en Acción, la que alertó sobre la ilegalidad de las intenciones de urbanizar en este sector recientemente protegido por la normativa regional. El 27 de febrero de 1986, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid estimaba parcialmente el recurso de reposición de este particular contra la revisión de las Normas Subsidiarias de Torrelodones.
A partir de ese momento, los propietarios afectados iniciaron un proceso judicial para reclamar la devolución del terreno, incluida cualquier edificación en él levantada. .
Tanto el TSJM, en 1991, como el Tribunal Supremo, en 2004, entendieron que no había lugar a conceder a los propietarios la indemnización que solicitaban. Los afectados recurrieron finalmente a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, que ahora ha reconoce que el Ayuntamiento “ocupó la finca y ejecutó las obras con buena fe y justo título, de lo que no cabe duda. Lo que no implica que, ante la imposibilidad de cumplir lo convenido, no tenga que indemnizar a quien, también de buena fe, hizo entrega en la confianza legítima de que obtendría contraprestación, que ha devenido imposible, consistente en la recalificación del suelo como urbanizable”. Y por ello, los magistrados de esta sala han establecido una indemnización de 5,22 millones de euros, cantidad a la que tendrá que hacer el Ayuntamiento.
Un crédito para hacer frente a la indemnización
El pleno celebrado el pasado viernes 13 de junio aprobó con 14 votos a favor (PP, VxT y Actúa) y sólo tres abstenciones (PSOE) la solicitud de un crédito para hacer frente a la indemnización fijada por el Tribunal Supremo. Desde el Ejecutivo se ha indicado que la “saneada situación” de las arcas municipales “permite afrontar la sentencia mediante la solicitud de este crédito, aunque este hecho puede impedir el desarrollo de algunas de las inversiones previstas para esta legislatura, que podrían afrontarse de manera extrapresupuestaria”, con participación de la iniciativa privada o de administraciones supramunicipales.
Por su parte, el PSOE, único grupo que se abstuvo, ha señalado que esta situación “supone un duro golpe a las arcas del Ayuntamiento”, recordando que ya en 1988 el que era su portavoz, José Manuel Orozco, pidió que se dieran los pasos necesarios para hacer frente a este problema, sin que a su juicio los diferentes gobiernos del PP hayan hecho nada en este sentido, por lo que los socialistas hablan de “dejadez institucional”.