“En relación con la noticia de 29 de enero de 2007, bajo el titular: “Un juez abre diligencias previas contra el Alcalde de Moralzarzal por un presunto delito de desobediencia”, en primer lugar manifestamos que, a día de hoy, ni don Juan Carlos Rodríguez Osuna ni el Ayuntamiento de Moralzarzal han recibido notificación alguna en relación a la apertura de diligencias previas por parte del Juzgado de Instrucción número 18 de Madrid a las que hace mención la noticia.
Tal como consta en el Auto de 4 de marzo de 2016 del procedimiento que aquí nos ocupa, desde 16 de octubre de 2014 se está a la espera de que el Ayuntamiento de Moralzarzal cumpla la sentencia, siendo por tanto esta obligación anterior al nombramiento del actual alcalde de este municipio. A pesar de la complejidad de la ejecución de la sentencia, Juan Carlos Rodríguez Osuna en todo momento ha dado orden de tramitar dicho expediente con máxima prioridad y celeridad.
Tal como establece la noticia, el Ayuntamiento de Moralzarzal tenía la obligación de tramitar un nuevo expediente relativo a la parcela sobrante ubicada en este municipio, y esto es lo que ha realizado.
Antes del inicio del expediente por parte del Ayuntamiento de Moralzarzal se realizó un Informe Técnico por parte del arquitecto municipal con fecha 17 de octubre de 2016, en la que consta un estudio tipográfico y en el que queda perfectamente delimitada la parcela sobrante.
Posteriormente la junta de gobierno en sesión extraordinaria de fecha 2 de diciembre de 2016 acordó iniciar el expediente al que estaba obligado el Ayuntamiento, otorgándoles trámite de audiencia a los interesados. Finalmente se acuerda por la junta de gobierno del Ayuntamiento de Moralzarzal ratificar la determinación y clasificación de la parcela sobrante situada en el Camino de Linares, realizada en virtud del acuerdo municipal de 11 de marzo de 1997, así como la legalidad de los acuerdos que traen causa del mismo adoptados por la junta de gobierno celebrada el 13 de mayo de 2005, relativos a la enajenación del sobrante a ‘los colindantes’ poniendo fin al expediente del sobrante.
Por lo que entiende este Ayuntamiento que se han realizado todas las actuaciones necesarias para llevar acabo el cumplimiento de la sentencia, no existiendo ningún ánimo de voluntad de desobediencia del Alcalde de este municipio en dicho procedimiento. Una vez recibida la notificación por parte del juzgado se estará en condiciones de ampliar esta información”.