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Segundo ‘tirón de orejas’ de los tribunales al alcalde de Galapagar, Daniel Pérez Muñoz (PP)

Segundo ‘tirón de orejas’ de los tribunales al alcalde de Galapagar, Daniel Pérez Muñoz (PP)

Le acusa de vulnerar los derechos fundamentales de los concejales de la oposición

viernes 27 de enero de 2017, 07:54h

Los tribunales han dado de nuevo la razón al grupo municipal socialista de Galapagar ante el segundo contencioso presentado contra el Equipo de Gobierno del Partido Popular que preside Daniel Pérez Muñoz, por impedir a los concejales el debate sobre la urgencia de las mociones y no someter a votación del Pleno las enmiendas presentadas a los Presupuestos del año 2016.

Según la nota de prensa del PSOE, de fecha 23 d enero de 2017, “la sentencia es una gran noticia para todos, especialmente para los vecinos de Galapagar ya que viene a restablecer la normalidad democrática perdida en el Ayuntamiento, que ha sido y es vulnerada constantemente por el alcalde Daniel Pérez Muñoz, incumpliendo constantemente la legislación como así lo refleja la sentencia”, manifiesta Jorge Cotallo, portavoz del grupo municipal socialista en el Ayuntamiento.

“El grupo socialista presentó un nuevo recurso-contencioso por el procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales ante los tribunales, ya que consideramos que se han vulnerado los derechos fundamentales de los concejales, reconocidos en el Art. 23 de la Constitución, al no permitir el debate de las mociones de urgencia en la votación de las enmiendas a los presupuestos generales de 2016, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento Orgánico Municipal (ROM)”

Nulidad del Pleno

Desde el primer momento el grupo municipal socialista sostenía que “la resolución impugnada vulneraba el art. 23 de la Constitución como garantía de la participación de los ciudadanos/as en los asuntos públicos, una de cuyas vertientes es el derecho de los representantes de los ciudadanos al ejercicio de su cargo de concejal en su plenitud, ejercicio que, como es lógico, queda vacío de contenido si el alcalde adopta resoluciones acordando no haber lugar para el debate y posterior votación de las mociones y enmiendas conforme a las presiones legales”

Cotillo se muestra satisfecho con el fallo que “Obliga al alcalde y al secretario municipal a convocar en el plazo de un mes un pleno en el que se debatan y voten las enmiendas y se someta a debate y votación las mociones presentadas por los demandantes y el resto de los concejales de la oposición en el pleno de 1 de diciembre de 2015, condenando a su vez a las costas a la Administración.”

Confiábamos plenamente en los tribunales, para que se restaure la normalidad democrática en el consistorio y este fallo abre las puertas a otra forma de gobernar en el Ayuntamiento de Galapagar, en la que en los órganos de control del Gobierno se pueda votar democráticamente y llevar a cabo propuestas de cualquier concejal de la corporación”, ha manifestado José Cotillo, portavoz del grupo municipal del PSOE en el Ayuntamiento de Galapagar.

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