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El Constitucional falla a favor de Félix ‘El Segoviano’ en su litigio con el alcalde

miércoles 22 de octubre de 2014, 11:13h
El conocido hostelero de Navacerrada Félix Martín El Segoviano ha ganado un largo litigio que mantenía con el alcalde de la localidad, Pablo Jorge Herrero (PP). Todo se remonta a 2002, cuando el restaurador colocó en su restaurante diversos carteles, consistentes en fotocopias de noticias de prensa, referidos a las desavenencias que mantenía con el primer edil. En uno de ellos se le imputaba la “concesión de licencias urbanísticas irregulares” y “obstrucción a la Justicia en la persecución de dichas infracciones”, entre otras cosas.
También afirmaba en estos escritos referidos al alcalde que, “el señor Pablo Jorge Herrero se burla de la justicia”, denunciando igualmente “la concesión de licencias de obras a proyectos que incumplen de manera manifiesta las ordenanzas urbanísticas municipales”.

Querella por injurias y calumnias
Los hechos fueron objeto de una querella por injurias y calumnias por parte del regidor. La sentencia de 12 de enero de 2005 del Juzgado de lo Penal de Madrid declaraba como hechos probados lo referido por Félix El Segoviano. Pero lo que el demandado pretendía (y así lo recoge la sentencia en su fundamento jurídico primero) era documentar la crítica al alcalde por las decisiones que había adoptado, que afectaban al recurrente (la construcción de un edificio pegado al suyo), “tomadas en el ejercicio de sus funciones y estando en periodo electoral, resulta indiscutible que el recurrente actuaba en el marco de la censura a un cargo público, por sus funciones públicas, en el que las expresiones, para ser penalmente sancionables, tendrían que haber sido gratuitas y claramente vejatorias”.

Félix Martín mantiene desde hace tiempo un proceso judicial por la construcción de un edificio colindante al suyo, denunciando los graves problemas que le ocasionaba en su negocio.

El Tribunal Constitucional falló el pasado 15 de noviembre a favor de El Segoviano y estimó recurso de amparo, decidiendo lo siguiente: “Declarar vulnerados su derecho a la libertad de expresión y difusión libre de pensamientos, ideas y opiniones. Restablecer en su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad de la sentencia número 831/2005 de 27 de julio, de la Sección Decimoséptima de la Audiencia Provincial de Madrid y la Sentencia núm. 1/2005, de 12 de enero, del Juzgado de lo Penal número 25 de Madrid”. “El juez penal ha de atenerse a esta amplitud de la protección constitucional para no correr el riesgo de hacer del Derecho Penal un factor de disuasión del ejercicio de la libertad de expresión, lo que resulta indeseable en un Estado democrático”, subraya la sentencia.

De este modo, el conocido hostelero ha ganado el pleito que mantenía con el alcalde de Navacerrada, por lo que éste último tendrá que devolver ahora los cerca de 3.000 euros (a razón de 100 al mes) que El Segoviano tuvo que ir pagándole tras la primera sentencia condenatoria.
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